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Registro Patrimonial

Altas y Bajas Patrimoniales

El Departamento de Patrimonio se encarga de centralizar, actualizar, verificar, registrar e inventariar la totalidad de los Bienes Muebles e Inmuebles y Semovientes de la Dirección General de Cultura y Educación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Gestión de Bienes de la Provincia -Art. 44 al 52 de la Ley de Contabilidad-, actuando como Registro Centralizador, conjuntamente con la Contaduría de la Provincia (Registro General de Bienes).

Registro Patrimonial

PROCEDIMIENTO

1. ALTA DE BIENES: Enviar el formulario 215 con fotocopia de factura de la compra u obtención del mismo. Para interiorizarse sobre el Código de Cuenta se podrá grabar en la Of. De Patrimonio del Consejo Escolar.

2. Deben completar la descripción del Bien e inventariar aclarando de donde proviene dicho bien (plan, programa, donación, etc.) y otorgar un valor unitario del mismo (si la factura o remito no completara valor poner un valor estimativo del mercado).

3. En caso de bienes compartidos con otra Institución deberán completarse las planillas de la Altas Y Bajas con la firma de ambas autoridades.

4. BAJA DE BIENES: Enviar el formulario 214 con fotocopia del Alta en su momento y formulario de solicitud de Baja por deterioro, transferencia, fuera de uso o robo los cuales se podrán retirar por el Consejo Escolar, Of. Patrimonio.

COMENTARIOS

Si fuesen bienes ya recibidos y no inventariados oportunamente, se realizará el mismo procedimiento consignado en el formulario ALTA POR OMISION.

Si alguna Institución Educativa dejara de compartir el edificio escolar con otra Institución deberá declara dónde quedará el bien.

Recuento Físico anual

Las Actas de Recuento Físico deben practicarse en todos los establecimientos educativos del Distrito con fecha 30 de septiembre de cada año. NO PONER OTRA FECHA EN EL ACTA.

Los establecimientos y/o dependencia de las ramas de la enseñanza: Primaria – Inicial – Especial – Adultos – Psicología – Insp. De Enseñanza – CIE, se deben confeccionar por CUADRUPLICADO. (Registro Patrimonial 2º Orden Cuadriplicado. Aclarar de esta forma en la planilla en el punto 4).

Los establecimientos y/o dependencias de las direcciones de enseñanza: Superior – Media – Ed. Física y Artística lo harán por TRIPLICADO. (Registro Patrimonial 1º Orden Triplicado. Aclarar de esta forma en la planilla en el punto 4).

Todos los Establecimientos deben remitir las actas al Consejo Escolar en la primera semana de noviembre sin excepción, después de la fecha indicada no se aceptará ningún formulario, por entregarse fuera de termino.

Todas las planillas tienen que tener al pie, sello del establecimiento y firma y sello del Director del mismo.

Se recuerda que el Acta de Recuento Físico se relaciona con el censo de Bienes del Estado (Altas y Bajas que se realizan cuatrimestralmente).

REPARTICIÓN: Se colocará: DGCYE – RAMA

DEPENDENCIA: Nombre y Nº del Establecimiento.

Descargas

Registros Patrimoniales de Bienes Muebles de Segundo Orden: Formulario 211.

Altas para todos los grupos de bienes muebles: Formulario 215.

Bajas de todos los grupos de bienes: Formulario 214.

Acta Recuento Físico: Formulario 45.